El cónyuge que conviva con una nueva pareja perderá el derecho a vivir en la vivienda familiar.
A través de una nota de prensa el Poder Judicial daba a conocer la sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo acerca del efecto que produce la convivencia del progenitor custodio con una nueva pareja respecto del uso de la vivienda familiar atribuido en la sentencia de divorcio.
El Supremo en esta sentencia viene a establecer que, en caso de divorcio, el padre o la madre que vive con sus hijos en la vivienda familiar en régimen de gananciales, que tiene una pareja estable y que entra a vivir en la vivienda, perderá el derecho al uso de la vivienda familiar.
Una vez se liquide la sociedad de gananciales, tendría que abandonar la vivienda.
La sentencia recurrida ante el TS había acordado la extinción del derecho de uso en el momento en que se procediera a la liquidación de la sociedad de gananciales, por considerar que la entrada de una tercera persona en la vivienda hacía perder a esta su antigua naturaleza de vivienda familiar, al servir ahora en su uso a una familia distinta y diferente.